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Estudio Contable OnlineRobles & Asociados

San Juan

Declaración jurada de IVA en La Bebida

Desde La Bebida podés resolver declaración jurada de IVA con nosotros sin moverte, con la documentación en formato digital.

Una intimación de ARCA (ex AFIP) o del fisco provincial no siempre significa una deuda real: a veces es una presentación que falta o un dato mal cargado. En declaración jurada de IVA empezamos por entender qué pasó.

Después te proponemos cómo resolverlo, con plazos y costos claros.

Paso a paso, sin salir de La Bebida

  1. Nos mandás tu consulta y los datos básicos de tu actividad.
  2. Te respondemos qué hay que hacer y qué documentación hace falta, antes de empezar.
  3. Trabajamos a distancia: todo lo que se puede hacer online, lo hacemos online.
  4. Recibís las constancias por correo y te quedan guardadas para cuando las necesites.

Lo que resolvemos

  • Revisión de retenciones y percepciones sufridas.
  • Asesoramiento para planificar la carga impositiva dentro de la ley.
  • Respuesta a intimaciones y fiscalizaciones.
  • Planes de pago cuando hay deuda.
  • Análisis de anticipos y saldos a favor.

Ingresos Brutos en San Juan

Cuando trabajamos con clientes de La Bebida revisamos las dos puntas: ARCA (ex AFIP) a nivel nacional y la Dirección General de Rentas de San Juan a nivel provincial. Que una esté en regla no garantiza que la otra también lo esté.

Si vendés o prestás servicios fuera de San Juan, analizamos si te corresponde inscribirte como contribuyente local o en Convenio Multilateral. Más información en la guía de Ingresos Brutos por provincia.

Antes de consultarnos

  • CUIT y clave fiscal.
  • Facturas emitidas y recibidas del período.
  • Constancias de retenciones y percepciones.
  • Extractos bancarios, si hay movimientos para revisar.

Si querés ver el detalle del servicio, entrá a la página de Liquidación de IVA. Y si tu caso tiene algo particular, escribinos: preferimos conocerlo antes de darte una respuesta genérica.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes en La Bebida

¿Tengo saldo a favor, lo puedo recuperar?

Depende del impuesto y del origen del saldo. Algunos se usan contra futuros pagos y otros se pueden pedir en devolución.

¿Cuáles son las alícuotas de IVA?

La general es 21 %, con una reducida de 10,5 % y una incrementada de 27 % para ciertos casos. Cuál aplica depende de lo que vendés.

¿Qué hago si recibí una intimación?

No la ignores. Mandanos una copia: revisamos qué reclama, si corresponde y cómo responder.

¿Se puede pagar una deuda en cuotas?

En general sí, ARCA y la mayoría de los fiscos provinciales tienen planes de pago. Las condiciones cambian, así que las revisamos en el momento.

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