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Córdoba

Declaración jurada de IVA en 25 de Mayo

Desde 25 de Mayo podés resolver declaración jurada de IVA con nosotros sin moverte, con la documentación en formato digital.

Los impuestos no perdonan los olvidos: un vencimiento que se pasa genera intereses y, a veces, multas. Nuestro servicio de declaración jurada de IVA para 25 de Mayo, Córdoba está pensado para que eso no pase.

Armamos tu calendario, preparamos las declaraciones y te avisamos antes de cada vencimiento.

Qué incluye el trabajo

  • Respuesta a intimaciones y fiscalizaciones.
  • Asesoramiento para planificar la carga impositiva dentro de la ley.
  • Planes de pago cuando hay deuda.
  • Análisis de anticipos y saldos a favor.
  • Revisión de retenciones y percepciones sufridas.

Cómo es la atención online desde 25 de Mayo

  1. Nos escribís por WhatsApp o por el formulario y nos contás qué necesitás.
  2. Revisamos tu situación y te decimos qué trámites corresponden, qué cuesta y qué tenés que enviarnos.
  3. Hacemos el trabajo con la documentación en formato digital, sin que tengas que trasladarte desde 25 de Mayo.
  4. Te entregamos los comprobantes y te explicamos qué obligaciones quedan de tu lado.

Ingresos Brutos en Córdoba

Un dato que se pasa por alto: además de ARCA (ex AFIP), tu actividad en 25 de Mayo puede estar alcanzada por Ingresos Brutos, que en Córdoba cobra Rentas de Córdoba. Tiene sus propias inscripciones, vencimientos y, en muchos casos, retenciones bancarias.

Te decimos si te corresponde y en qué régimen. Consultá también la guía de Ingresos Brutos por provincia.

Antes de consultarnos

  • CUIT y clave fiscal.
  • Facturas emitidas y recibidas del período.
  • Las últimas declaraciones juradas presentadas.
  • Constancias de retenciones y percepciones.

En la página de Liquidación de IVA explicamos el servicio completo. Si tenés dudas sobre si te corresponde, contanos tu caso y lo revisamos.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes en 25 de Mayo

¿Se puede pagar una deuda en cuotas?

En general sí, ARCA y la mayoría de los fiscos provinciales tienen planes de pago. Las condiciones cambian, así que las revisamos en el momento.

¿Tengo saldo a favor, lo puedo recuperar?

Depende del impuesto y del origen del saldo. Algunos se usan contra futuros pagos y otros se pueden pedir en devolución.

¿Cuáles son las alícuotas de IVA?

La general es 21 %, con una reducida de 10,5 % y una incrementada de 27 % para ciertos casos. Cuál aplica depende de lo que vendés.

¿Qué hago si recibí una intimación?

No la ignores. Mandanos una copia: revisamos qué reclama, si corresponde y cómo responder.

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