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Estudio Contable OnlineRobles & Asociados

Entre Ríos

Formulario 931 en Sosa

Si estás en Sosa, no hace falta que viajes: resolvemos formulario 931 a distancia, con seguimiento por WhatsApp y correo.

Contratar a alguien en Entre Ríos empieza antes del primer día de trabajo: hay que registrarlo ante ARCA (ex AFIP), contratar la ART y definir el convenio aplicable. Te acompañamos en formulario 931 desde el inicio.

Y después, mes a mes, con la liquidación y las presentaciones.

Cómo trabajamos con clientes de Sosa

  1. Primera consulta: nos contás tu caso desde Sosa, por el canal que te quede cómodo.
  2. Diagnóstico: vemos tu situación ante ARCA y ante ATER, y te pasamos un plan por escrito.
  3. Ejecución: gestionamos lo acordado y te vamos avisando cada avance.
  4. Seguimiento: quedamos disponibles para las dudas que aparezcan después.

Lo que resolvemos

  • Libro de sueldos y registros laborales.
  • Declaración de cargas sociales ante ARCA.
  • Orientación sobre ART y seguro de vida obligatorio.
  • Liquidación mensual o quincenal de sueldos y recibos.
  • Liquidaciones finales por renuncia o desvinculación.

Ingresos Brutos en Entre Ríos

Un dato que se pasa por alto: además de ARCA (ex AFIP), tu actividad en Sosa puede estar alcanzada por Ingresos Brutos, que en Entre Ríos cobra ATER. Tiene sus propias inscripciones, vencimientos y, en muchos casos, retenciones bancarias.

Te decimos si te corresponde y en qué régimen. Consultá también la guía de Ingresos Brutos por provincia.

Para empezar más rápido

  • Convenio colectivo que creés que aplica, si lo sabés.
  • Datos de cada empleado: CUIL, fecha de ingreso, categoría y jornada.
  • CUIT del empleador y clave fiscal.
  • Datos de la ART contratada.

¿Querés conocer el alcance completo? Mirá la página de Liquidación de sueldos. Y si preferís ir directo a tu caso, escribinos desde Sosa por WhatsApp.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes en Sosa

¿Qué pasa si tengo empleados sin registrar?

Es un riesgo importante. Se puede regularizar; conviene analizarlo con cuidado y cuanto antes.

¿Es obligatoria la ART?

Sí, todo empleador debe tener una ART que cubra a su personal, además del seguro de vida obligatorio.

¿Liquidan sueldos de empleadas de casas particulares?

Sí, te orientamos con el régimen especial de casas particulares, su registración y sus pagos.

¿Cambió la normativa laboral?

Sí, hubo cambios recientes, entre ellos la Ley 27.742. Los aplicamos en cada caso según la situación concreta.

¿Te sirvió esta página?

¿Tenés empleados en Sosa?

Contanos cuántos son y qué actividad tenés, y te pasamos una propuesta.

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