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Entre Ríos

Alta como empleador en El Pingo

Trabajamos con personas y empresas de todo Entre Ríos. Desde El Pingo nos mandás tu consulta y te respondemos con un plan concreto.

Si sos empleador en El Pingo y buscás alta como empleador, podés trabajar con nosotros de forma online. Nos pasás las novedades del mes y te devolvemos recibos, cargas sociales y constancias.

La normativa laboral cambió en los últimos años: la aplicamos actualizada en cada liquidación.

Qué incluye el trabajo

  • Declaración de cargas sociales ante ARCA.
  • Acompañamiento ante inspecciones.
  • Aplicación del convenio colectivo que corresponde.
  • Liquidación mensual o quincenal de sueldos y recibos.
  • Liquidaciones finales por renuncia o desvinculación.

Lo provincial: ATER

Un dato que se pasa por alto: además de ARCA (ex AFIP), tu actividad en El Pingo puede estar alcanzada por Ingresos Brutos, que en Entre Ríos cobra ATER. Tiene sus propias inscripciones, vencimientos y, en muchos casos, retenciones bancarias.

Te decimos si te corresponde y en qué régimen. Consultá también la guía de Ingresos Brutos por provincia.

Para empezar más rápido

  • Novedades del mes: horas extras, ausencias, vacaciones.
  • Últimos recibos y cargas sociales presentadas.
  • CUIT del empleador y clave fiscal.
  • Convenio colectivo que creés que aplica, si lo sabés.

Cómo trabajamos con clientes de El Pingo

  1. Nos escribís por WhatsApp o por el formulario y nos contás qué necesitás.
  2. Revisamos tu situación y te decimos qué trámites corresponden, qué cuesta y qué tenés que enviarnos.
  3. Hacemos el trabajo con la documentación en formato digital, sin que tengas que trasladarte desde El Pingo.
  4. Te entregamos los comprobantes y te explicamos qué obligaciones quedan de tu lado.

En la página de Altas y bajas de empleados explicamos el servicio completo. Si tenés dudas sobre si te corresponde, contanos tu caso y lo revisamos.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes en El Pingo

¿Liquidan sueldos de empleadas de casas particulares?

Sí, te orientamos con el régimen especial de casas particulares, su registración y sus pagos.

¿Cuándo tengo que dar el alta a un empleado?

Antes de que empiece a trabajar. Es el alta temprana ante ARCA, que registra la relación laboral.

¿Es obligatoria la ART?

Sí, todo empleador debe tener una ART que cubra a su personal, además del seguro de vida obligatorio.

¿Cambió la normativa laboral?

Sí, hubo cambios recientes, entre ellos la Ley 27.742. Los aplicamos en cada caso según la situación concreta.

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Te respondemos en horario hábil con los pasos a seguir.

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