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Estudio Contable OnlineRobles & Asociados

Entre Ríos

Alta como empleador en Berduc

Si estás en Berduc, no hace falta que viajes: resolvemos alta como empleador a distancia, con seguimiento por WhatsApp y correo.

Si sos empleador en Berduc y buscás alta como empleador, podés trabajar con nosotros de forma online. Nos pasás las novedades del mes y te devolvemos recibos, cargas sociales y constancias.

La normativa laboral cambió en los últimos años: la aplicamos actualizada en cada liquidación.

Qué hacemos por vos

  • Liquidaciones finales por renuncia o desvinculación.
  • Acompañamiento ante inspecciones.
  • Liquidación mensual o quincenal de sueldos y recibos.
  • Altas tempranas, modificaciones y bajas de personal.
  • Libro de sueldos y registros laborales.

Cómo es la atención online desde Berduc

  1. Nos escribís por WhatsApp o por el formulario y nos contás qué necesitás.
  2. Revisamos tu situación y te decimos qué trámites corresponden, qué cuesta y qué tenés que enviarnos.
  3. Hacemos el trabajo con la documentación en formato digital, sin que tengas que trasladarte desde Berduc.
  4. Te entregamos los comprobantes y te explicamos qué obligaciones quedan de tu lado.

Ingresos Brutos en Entre Ríos

Un dato que se pasa por alto: además de ARCA (ex AFIP), tu actividad en Berduc puede estar alcanzada por Ingresos Brutos, que en Entre Ríos cobra ATER. Tiene sus propias inscripciones, vencimientos y, en muchos casos, retenciones bancarias.

Te decimos si te corresponde y en qué régimen. Consultá también la guía de Ingresos Brutos por provincia.

Antes de consultarnos

  • Novedades del mes: horas extras, ausencias, vacaciones.
  • CUIT del empleador y clave fiscal.
  • Datos de cada empleado: CUIL, fecha de ingreso, categoría y jornada.
  • Últimos recibos y cargas sociales presentadas.

En la página de Altas y bajas de empleados explicamos el servicio completo. Si tenés dudas sobre si te corresponde, contanos tu caso y lo revisamos.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes en Berduc

¿Es obligatoria la ART?

Sí, todo empleador debe tener una ART que cubra a su personal, además del seguro de vida obligatorio.

¿Cambió la normativa laboral?

Sí, hubo cambios recientes, entre ellos la Ley 27.742. Los aplicamos en cada caso según la situación concreta.

¿Cuándo tengo que dar el alta a un empleado?

Antes de que empiece a trabajar. Es el alta temprana ante ARCA, que registra la relación laboral.

¿Liquidan sueldos de empleadas de casas particulares?

Sí, te orientamos con el régimen especial de casas particulares, su registración y sus pagos.

¿Te sirvió esta página?

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Te respondemos en horario hábil con los pasos a seguir.

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